Fuente
BOE
¿Visitable?
s?
¿Cargas?
El juzgado acordar? la cancelaci?n de las cargas anteriores al concurso constituidas a favor de cr?ditos concursales que no gocen de privilegio especial (como los embargos). Si son bienes afectos a cr?ditos privilegiados (como las hipotecas), tambi?n se acordar? su cancelaci?n. En la informaci?n registral que facilitamos a los usuarios registrados aparecen las cargas que se cancelar?n y que, por tanto, no tendr? que pagar quien resulte mejor postor, siempre que se ofrezca un m?nimo de 100 euros.
Situación posesoria
No consta (Se encuentra a disposici?n del administrador concursal. Para cualquier informaci?n contactar con el administrador concursal ENRIQUE PEREZ DE LOS COBOS AYUSO, tel?fono 968.66.13.01 los siguientes d?as y horas: De lunes a jueves de 9 a 14 horas y de 16 a 20 horas y los viernes de 9 a 14 horas.. E-mail:abcauditores@diagram.es. Los administradores concursales est?n obligados a facilitar a los interesados toda la informaci?n necesaria para conocer el estado real de los bienes.)