Fuente
BOE
¿Visitable?
s?
¿Cargas?
La resoluci?n judicial que transmita este bien o derecho acordar? la cancelaci?n de todas las cargas anteriores al concurso constituidas a favor de cr?ditos concursales que no gocen de privilegio especial, como los embargos. Trat?ndose de bienes afectos a cr?ditos que gocen de privilegio especial, como las hipotecas, tambi?n se acordar? su cancelaci?n con independencia de que sean anteriores o posteriores a la declaraci?n de concurso.
Situación posesoria
No consta (Se encuentra a disposici?n del administrador concursal. Para conocer el estado actual del inmueble contactar con el administrador concursal Manuel Hidalgo G?mez Tf: 968 939 394Fax 968 939 344 Email: manuel@hidalgoydemiguelabogados.com. Los administradores concursales est?n obligados a facilitar a los interesados toda la informaci?n necesaria para conocer el estado real de los bienes.)